En México, más de 15 mil empresas manejan diariamente hidrocarburos y petrolíferos, y muchas de ellas desconocen que ya están obligadas por ley a implementar controles volumétricos. El SAT no solo vigila estas operaciones: puede imponer multas de hasta 5 millones de pesos, suspender actividades e incluso iniciar procesos penales por incumplimiento. ¿Tu empresa está preparada? Este artículo te guiará paso a paso para entender qué son los controles volumétricos, quiénes deben cumplir, qué exige el Anexo 30, Qué es el anexo 30, cuales son las multas, cuales son los procesos para cumplir con los controles volumétricos SAT, y cómo elegir el proveedor adecuado para evitar riesgos fiscales y proteger la continuidad de tu negocio.
¿Qué son los controles volumétricos SAT?
Se trata de soluciones tecnológicas que integran componentes electrónicos y plataformas informáticas, diseñadas para monitorear, registrar y reportar en tiempo real los volúmenes de hidrocarburos o petrolíferos que ingresan, se almacenan, se utilizan o se comercializan dentro de una organización. Su finalidad principal es garantizar que la información operativa coincida con la documentación fiscal, en particular con los CFDI relacionados con ingresos, egresos o traslados.
Historia y marco legal
La necesidad de implementar controles volumétricos surgió como parte de la estrategia del gobierno mexicano para combatir el robo de combustibles, la evasión fiscal y el contrabando. Su formalización se dio con la publicación del Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) en 2018.
Desde el 1 de enero de 2020, las empresas obligadas deben cumplir con la generación de reportes electrónicos estandarizados para el SAT, en formatos JSON o XML, asegurando la trazabilidad y verificabilidad de sus operaciones.
¿Quiénes están obligados a cumplir con los controles volumétricos?
Según lo establecido en el Artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la regla 2.6.1.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), están obligadas a implementar controles volumétricos todas aquellas personas físicas o morales que participen en actividades relacionadas con hidrocarburos o petrolíferos. Esto incluye a los siguientes perfiles:
- Empresas manufactureras y de procesamiento: Aquellas dedicadas a la fabricación, transformación o producción de hidrocarburos y sus derivados.
- Prestadores de servicios de transporte: Incluye compañías que trasladan petróleo, gas natural, condensados, gasolinas, diésel u otros combustibles, incluso cuando el transporte sea para consumo propio, siempre que cuenten con el permiso correspondiente de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
- Empresas de almacenamiento: Organizaciones que almacenan hidrocarburos o petrolíferos, ya sea con fines comerciales o para consumo interno, y que operan instalaciones físicas para la recepción del producto.
- Distribuidores y comercializadores: Firmas encargadas de la venta y distribución de combustibles dentro del territorio nacional.
- Importadores y exportadores: Compañías que realizan actividades de comercio exterior con hidrocarburos o petrolíferos.
- Usuarios autoconsumidores: Personas o empresas que almacenan combustibles para su propio uso, ya sea bajo un permiso de la CRE o de importación autorizado por la Secretaría de Energía (SENER), y que cuenten con infraestructura para recibir gas natural de forma fija.
📌 Cabe señalar que los usuarios residenciales de gas natural no están incluidos dentro de esta obligación

¿Cuál es el Tamaño de las empresas obligadas?
La exigencia de cumplir con los controles volumétricos no depende del tamaño del negocio, sino de las actividades que realiza. Por lo tanto, tanto grandes corporaciones como pequeñas y medianas empresas (PYMES) deben cumplir con esta regulación fiscal si participan en alguna de las operaciones previamente descritas.
Entre los tipos de empresas que comúnmente están sujetas a esta obligación se encuentran:
- Estaciones de servicio o gasolineras.
- Plantas dedicadas a la distribución de combustibles.
- Transportistas de hidrocarburos y derivados.
- Industrias que integran gas natural o productos petrolíferos en sus procesos de manufactura.
- Empresas con flotas vehiculares que demandan grandes cantidades de combustible para su operación.
En resumen: lo que determina la obligación no es el tamaño de la empresa, sino el tipo de actividad y el volumen de combustible que gestiona.
¿Qué es el Anexo 30 y cuál es su función?
El Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) es un documento normativo elaborado por el SAT, en el cual se establecen los requisitos técnicos que deben cumplir los dispositivos de medición y los sistemas informáticos utilizados para controlar y reportar el manejo de hidrocarburos y petrolíferos.
Este anexo define los lineamientos que aseguran que dichos sistemas funcionen correctamente tanto en su operación como en la generación de información confiable y segura.

Entre los puntos más importantes que contempla se incluyen:
- Medición exacta en tiempo real: Los sistemas deben registrar de forma precisa los volúmenes de ingreso, egreso y existencia de productos energéticos, permitiendo el monitoreo constante de las operaciones.
- Reportes obligatorios periódicos: Se requiere que el sistema genere archivos en formato
.xml
o.json
que documenten diariamente y mensualmente la información volumétrica. Estos deben conservarse y enviarse al SAT dentro de los tiempos estipulados. - Soporte técnico verificable: En caso de revisión por parte del SAT, los sistemas deben contar con bitácoras electrónicas, registros de eventos y certificados de calibración que respalden el funcionamiento correcto del equipo.
- Homologación de proveedores: Tanto los instrumentos de medición como el software empleado deben estar autorizados por las instancias fiscales correspondientes, garantizando su confiabilidad.
Cumplir con los requisitos del Anexo 30 no solo es una obligación legal, sino también una garantía de que la empresa opera bajo criterios de transparencia, trazabilidad y conformidad con la legislación fiscal vigente.
¿Cuál es el papel del SAT en los controles volumétricos?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la entidad gubernamental responsable de vigilar y hacer cumplir las disposiciones fiscales en México.
En lo que respecta a los controles volumétricos, el SAT desempeña funciones clave para asegurar que las empresas obligadas operen dentro del marco legal establecido. Entre sus principales tareas se encuentran:
- Supervisión del cumplimiento: Se encarga de verificar que las empresas implementen correctamente sistemas de medición y registro que se ajusten a lo estipulado en el Anexo 30.
- Recepción y revisión de reportes: Recibe los archivos volumétricos generados por los contribuyentes —ya sea de forma diaria o mensual— y los evalúa para confirmar su validez y consistencia.
- Acciones correctivas y sanciones: Si se detectan errores, omisiones o incumplimientos, el SAT tiene la facultad de realizar auditorías fiscales y aplicar medidas correctivas, que pueden incluir desde sanciones económicas hasta la suspensión temporal de operaciones.
Además, el SAT colabora estrechamente con otras entidades reguladoras, como la Comisión Reguladora de Energía (CRE), para garantizar una fiscalización coordinada y efectiva en el sector energético nacional.
¿Cuáles son los Plazos para cumplir con los controles volumétricos?
La obligación ya está vigente. Si tu empresa aún no ha implementado el sistema, debes actuar inmediatamente. El SAT puede imponer:
- Multas de hasta $5 millones de pesos.
- Suspensión de actividades.
- Cancelación de deducciones fiscales.
- Clausura temporal o definitiva.
¿Cuáles son los Pasos para cumplir con los controles volumétricos?
1. Confirma si tu empresa está obligada
Lo primero es determinar si tus actividades te colocan dentro del grupo regulado. Estás obligado si:
- Realizas transporte, almacenamiento, distribución, comercialización, importación, exportación o autoconsumo de hidrocarburos o petrolíferos.
- Operas con infraestructura fija para recibir estos productos energéticos.
⚠️ No importa el tamaño de la empresa. Lo determinante es la actividad que realizas y el volumen que manejas.
2. Consulta los requerimientos técnicos del SAT
El SAT, a través del Anexo 30, establece los lineamientos que deben cumplir los sistemas de control volumétrico. Estos incluyen:
- Uso de medidores y sensores certificados.
- Integración con software autorizado y alineado con los estándares fiscales.
- Generación de reportes estructurados en formato JSON o XML.
- Seguridad, integridad y trazabilidad de la información registrada y transmitida.
3. Elige un proveedor confiable
Deberás contratar a una empresa especializada y reconocida en el desarrollo e instalación de controles volumétricos. Esta debe encargarse de:
- Instalar sensores y sistemas en tanques, ductos o puntos de despacho.
- Configurar el software según lo establecido en el Anexo 30.
- Capacitar a tu personal en el uso del sistema.
✅ Algunas opciones confiables incluyen Volutrak, Volumetrics, ABProSystems y Smartgas.
4. Realiza una validación técnica
Antes de iniciar el envío de reportes, tu sistema deberá pasar por una validación para asegurar que:
- Los datos de volumen capturados sean precisos.
- Coincidan con los CFDI emitidos o recibidos.
- La información esté completa, verificable y correctamente sellada.
5. Emite y conserva los reportes
El sistema debe generar automáticamente reportes con información clave como:
- Entradas y salidas de producto.
- Existencias almacenadas.
- Documentos fiscales (CFDI, pedimentos).
- Bitácoras de eventos o incidentes operativos.
📁 Los reportes, en formato JSON, deben conservarse por un periodo mínimo de cinco años.
6. Envía tus reportes al SAT
Los reportes volumétricos deben enviarse en los siguientes plazos:
- Reportes diarios: dentro de las 24 horas posteriores al cierre del día.
- Reportes mensuales: a más tardar el día 5 del mes siguiente.
7. Mantén el sistema actualizado
Es indispensable realizar ajustes periódicos, como:
- Mantenimiento preventivo y correctivo.
- Renovación de certificados digitales vencidos.
- Actualización del software conforme a cambios fiscales o técnicos.
8. Prepárate para auditorías
El SAT puede realizar una revisión en cualquier momento. Para estar listo, asegúrate de contar con:
- Bitácoras electrónicas accesibles.
- Reportes organizados y disponibles.
- Equipos funcionando correctamente y con calibraciones vigentes.
¿Qué son los reportes XML y JSON?

XML (eXtensible Markup Language)
- Formato estructurado, utilizado comúnmente para CFDI.
- Usa etiquetas para organizar los datos.
Conoce más sobre los reportes XML.
JSON (JavaScript Object Notation)
- Formato moderno, ligero y legible.
- Usa pares clave-valor.
Ambos son exigidos por el SAT para enviar la información de manera estandarizada y segura.
¿Cuáles son las consecuencias si no cumplo con los Controles Volumétricos?
No cumplir con las obligaciones en materia de controles volumétricos puede tener consecuencias serias para las empresas involucradas en el manejo de hidrocarburos o petrolíferos. Entre las principales sanciones a las que se puede estar expuesto se encuentran:
- Multas elevadas, que en algunos casos pueden llegar hasta los 5 millones de pesos.
- Suspensión de operaciones o incluso clausura temporal de las instalaciones.
- Rechazo de deducciones fiscales y auditorías exhaustivas por parte del SAT.
- En situaciones graves, responsabilidad penal directa para los representantes legales de la empresa.
Debido a estas implicaciones, es crucial que cada empresa revise su situación actual. Si se encuentra dentro del grupo de contribuyentes obligados, debe implementar sistemas de control volumétrico alineados con el Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Esto implica:
- Usar equipos de medición y plataformas de software certificados por las autoridades competentes.
- Generar informes diarios y mensuales en formato .xml o .json.
- Verificar que cada operación registrada sea íntegra, segura y trazable ante una posible auditoría.
Cumplir no solo evita sanciones: también construye confianza, legalidad y continuidad para el negocio.
¿Cómo saber cual es el mejor proveedor autorizado para implementar controles volumétricos en mi empresa?
Cuando estás por elegir un proveedor, no estás comprando un software, estás eligiendo entre proteger o arriesgar el futuro de tu negocio.
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Las Preguntas más frecuentes sobre controles Volumétricos.
Si con toda la información que te hemos compartido aún tienes dudas. Compartimos contigo las 7 preguntas más frecuentes que realizan los usuarios en toda la red, referente a controles volumétricos.
¿Debo implementar controles volumétricos si cuento con un permiso de transporte para uso propio emitido por la CRE?
Sí, estás obligado. Según lo indicado en la fracción IV de la regla 2.6.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, tanto personas físicas como morales que realicen transporte de hidrocarburos o petrolíferos —incluso cuando se trate de transporte destinado al propio consumo— deben cumplir con los controles volumétricos si operan bajo un permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
¿Debo implementar controles volumétricos si utilizo gas natural para generar energía eléctrica?
Sí. Al utilizar gas natural en grandes volúmenes para la generación eléctrica, formas parte activa de la cadena de valor de hidrocarburos y petrolíferos. Por ello, estás obligado a llevar controles volumétricos y a identificarte en los reportes correspondientes con la figura de “Usuario”, conforme lo establece la normativa fiscal vigente.
¿Debo cumplir con controles volumétricos si tengo un permiso de la CRE para transportar gas natural por ducto para uso propio?
Sí. Al operar con gas natural mediante ductos —aunque sea para consumo interno— y contar con un permiso otorgado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), estás considerado dentro del marco regulado. Esto te convierte en parte de la cadena de valor de hidrocarburos, por lo que debes implementar controles volumétricos conforme a la normativa aplicable.
¿Debo comprar un software a un proveedor para cumplir con los controles volumétricos?
No necesariamente. Puedes optar por adquirir un sistema informático especializado a un proveedor autorizado o desarrollar una solución propia, siempre que cumpla con todos los requisitos técnicos y fiscales establecidos por el SAT en el Anexo 30. La elección dependerá de tus capacidades internas y del nivel de cumplimiento que desees garantizar.
Si realizo actividades de compresión y descompresión de gas natural, ¿de dónde obtengo los datos de volumen para los controles volumétricos?
La información de los volúmenes debe provenir directamente de sistemas de medición instalados en tus instalaciones. Si no cuentas con estos equipos, puedes recurrir a los datos proporcionados por tus clientes o proveedores, siempre que sean confiables y estén debidamente documentados.
Si opero con gas LP en plantas de distribución, estaciones de carburo o instalaciones de aprovechamiento, ¿Qué tipo de medidores debo usar?
Puedes utilizar sistemas de medición que estén alineados con los lineamientos del Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal. También es válido el uso de indicadores de nivel de líquido, ya sean automáticos o de operación manual, siempre que cumplan con lo estipulado en la NOM-001-SESH-2014, que regula las condiciones de seguridad para el funcionamiento de este tipo de instalaciones.
¿Debo implementar controles volumétricos si realizo compresión de gas natural pero no tengo permiso de la CRE?
Sí, estás obligado. El cumplimiento de los controles volumétricos no depende exclusivamente de contar con un permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Si llevas a cabo actividades como la compresión de gas natural, debes cumplir con esta obligación fiscal, sin importar si cuentas o no con dicho permiso.
Si aún tienes más dudas o una duda en específico, recuerda que puedes dejar tus comentarios en la parte inferior de esta publicación, o puedes contactarnos por WhatsApp y con gusto aclararemos todas tus dudas. De igual forma te invitamos a recorrer nuestro blog, en el cual encontrarás toda la información relevante referente a controles volumétricos.
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